“PYME CNV GARANTIZADA”: El nuevo régimen de Obligaciones Negociables de financiamiento a las PYMES.

La Comisión Nacional de Valores (en adelante, la “CNV”), a través de la Resolución Nro. 696/2017, creó un nuevo marco regulatorio de oferta pública, para PYMES, simplificando, de este modo, el régimen de oferta pública existente.

La mencionada resolución fue dictada en concordancia con uno de los objetivos estratégicos de la Ley de Mercado de Capitales N°26.831, que es promover el acceso al mercado de capitales de PYMES, generar nuevos instrumentos de inversión y fomentar la canalización del ahorro hacia la financiación de proyectos productivos y el desarrollo de las economías regionales.

En tal sentido, la CNV consideró necesario simplificar para las PYMES el uso de las herramientas de financiación a largo plazo, propias del mercado de capitales.

A través de este nuevo programa, las PYMES podrán solicitar a la CNV la autorización para crear programas globales de emisión por el monto máximo de $100.000.000, o su equivalente en otras monedas, conforme a lo estipulado por el Decreto No1087/93 y modificatorios.

Una de las ventajas de este programa, es que las emisiones que realicen, podrán ser garantizadas por sociedades de garantía recíproca (“SGR”), entidades financieras o fondos de garantía.

A su vez, la evaluación económica y financiera de la emisora, queda en manos de las entidades que garantizarán la emisión. Esto produce una simplificación, en la emisión, al eliminar la necesidad de presentar información contable y evaluaciones de riesgo; y, respecto de la colocación, a la prescindencia del agente colocador.

Asimismo, la CNV elevó los ingresos totales anuales requeridos para las mismas, permitiendo el acceso de más PYMES al Mercado de Capitales bajo el régimen PYME CNV, a fin de posibilitarle a esta categoría de empresas, el acceso al financiamiento en condiciones ventajosas, permitiendo que accedan a un régimen de oferta pública diferenciado, con beneficios y ventajas.

Es significativa la importancia de esta decisión, debido a que, en la Argentina, las PYMES representan el 90% de las empresas y generan el 70% del empleo directo.

La financiación a través de este programa, permite estructurar el pago de intereses y capital al flujo del negocio, e incluso establecer períodos de gracia. A diferencia del cheque y el pagaré, el interés puede ser variable, lo cual es importante en este momento en que las tasas son altas.

En lo que hace al “Régimen Informativo Periódico”, la emisora solo debe presentar ante la CNV sus estados contables anuales, lo que supone un gran ahorro de tiempo y recursos. Así también, el programa releva de la obligación de contar con un Código de Protección al Inversor o Código de Conducta y se reducen los hechos relevantes que deben ser informados.

Por eso y para terminar estas breves líneas, pensamos que este régimen de ON garantizado, puede ampliar sustancialmente el universo de PYMES que decidan financiarse a través de este programa, simplificándoles el ingreso a al mercado de capitales para fomentar, impulsar y dinamizar el desarrollo de nuestra economía.

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Este artículo ha sido preparado por Yanira S. Isuani y Facundo Correa Cremaschi. Para más información, comunicarse a los teléfonos arriba indicados o por e-mail a: fcc@correacremaschi.com


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