22 de octubre de 2019

El Estudio asesoró exitosamente a Martín Hnos SRL, en un reclamo planteado por un socio minoritario solicitándole rendición de cuentas de todas las operaciones realizadas en los últimos cinco (5) años.

El tribunal, rechazando, la demanda del socio, entre otros fundamentos expresó que el instituto jurídico de rendición de cuentas, no es aplicable a sociedades regularmente constituidas, como la demandada en esta causa.

El actor debería haber utilizado el derecho a la información, contemplada en el art. 55 de la Ley General de Sociedades (“LGS”) y/u otros mecanismos preceptuados en la LGS, como impugnación de balances; responsabilidad de los administradores –remoción, intervención judicial del órgano de administración, etc., pero no la rendición de cuentas, tal como, equivocadamente, lo planteó el actor.